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Por Jacobo Velázquez
En sesión pública celebrada este lunes, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) conoció ocho Recursos de Inconformidad (RIN) en los que sentenció la nulidad de las elecciones para las presidencias municipales de Hunucmá, Izamal y Progreso, al determinarse que se violaron principios constitucionales.
Elección de Hunucmá
Con respecto a la elección para la alcaldía de Hunucmá, se conocieron impugnaciones promovidas por el PAN, PRI y Morena, quienes solicitaron la nulidad de los comicios por las irregularidades que afectaron la certeza de los resultados.
En el proyecto de sentencia del magistrado Fernando Bolio Vales se planteó calificar como fundado el agravio de Morena, ya que quedó comprometido el traslado de los paquetes electorales del Consejo Municipal de Hunucmá al Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), porque no se garantizó la seguridad y regularidad de la cadena de custodia.
Se sentenció declarar la nulidad de la elección municipal y revocar el acta de sesión urgente del Consejo Distrital 13 en la que se realizó el recuento total de votos.
Elección de Izamal
En lo que se refiere a la elección de Izamal, el Pleno del TEEY analizó el expediente promovido por Morena, en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez al candidato común del PRI y el PAN, Warnel May Escobar.
Al respecto, el magistrado Fernando Bolio, explicó en su proyecto de sentencia que son fundados los agravios relacionados con la violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda, los cuales son suficientes para decretar la nulidad de la elección.
Elección de Progreso
Con lo que se refiere a la elección de Progreso, se analizaron los expedientes presentados por los partidos PAN, Morena y Nueva Alianza Yucatán, que plantearon diversos agravios con el objetivo de anular distintas casillas.
Al explicar su proyecto de sentencia, la magistrada presidenta Lissette Guadalupe Cetz Canché, indicó que se demostró que existe irregularidad, dolo y/o error en el cómputo municipal, ya que se puede apreciar en los documentos que obran en autos del expediente que no existen algunas actas de la elección, así como incidentes de protestas manifestados por los partidos políticos y que el recuento de votos se realizó de manera parcial.
Por lo tanto, no existe certeza de que los votos contenidos en los paquetes sobre los cuales se realizó el escrutinio y cómputo municipal reflejen la voluntad ciudadana expresada en las urnas.
Elecciones extraordinarias.
El Pleno del TEEY ordenó en sus sentencias al Congreso del Estado y al Iepac a que, en el ámbito de sus respectivas competencias, tomen las medidas necesarias para la celebración de elecciones extraordinarias en Hunucmá, Izamal y Progreso.